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Modificats els fulls informatius: 25, 26, 73, 75, 111, 112, 113 i 114
Dilluns, 1 de juny de 2009

Modificats els fulls informatius: 25, 26,  73, 75, 111, 112, 113  i 114. (26-5-2009)

Alcance de las modificaciones introducidas:

1) Para todos estos trámites señalados en necesario la aportación del certificado de antecedentes penales del país de origen (o procedencia) del interesado.

• En la versión anterior de las hojas informativas se señalaba (respecto a este requisito) que:  El certificado debe haber sido expedido durante los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

• En la nueva versión de la hojas modificadas, se señala: El certificado debe haber sido expedido durante los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

Por lo tanto, lo único que ha variado es la validez del certificado de antecedentes penales desde la fecha de expedición, dicha validez ser amplía a los seis meses.

En la práctica administrativa ya aplicábamos este nuevo plazo, es decir, pese a la redacción del texto en la hoja informativa, teníamos el criterio de otorgar un margen de flexibilidad a la validez del documento, y considerábamos válidos los certificados expedidos con una atiguedad inferior a seis meses, no a tres como figuraba en la hoja informativa, por este motivo, ha parecuido preferible que figure este nuevo plazo en las hojas.

Nota: El margen de flexibilidad (que ya veníamos aplicando) se justificaba en la complejidad de alguno de los procedimientos de legalización de documentos, en este caso, del certificado de antecedentes penales y a que el trámite mayoritariamente más afectado es el de residencia por arraigo que implica que el solicitante interesado se encuentra en España (en situación irregular) y que debe de gestionar (desde aquí) la obtención del penales en su país de origen.


2) La hoja núm. 73 (también modificada) relaciona los requisitos para la solicitud de modificación de la situación de estancia (familiares de estudiantes) a la situación de residencia temporal. En esta hoja hemos advertido que NO figuraba el requisito de aportación del certificado de antecedentes penales del país de origen del solicitante, entendemos que debió ser un olvido que nadie habíamos advertido hasta ahora (quizás porque afecta a un número reducido de solicitudes), por lo tanto hemos introducido este documento entre los requisitos relacionados para este trámite.

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